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¿Hasta qué día circulará el transporte pesado durante la Semana Santa? 

Autor: Jefatura Información
Fecha: abril 8, 2025

Publican restricciones para la circulación del transporte pesado durante la Semana Santa 2025. Foto: RRSS, Quetzal TV.

Hoy se publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial 538-2025 que establece el horario de circulación para el transporte pesado durante la Semana Santa en todo el territorio nacional.

Como parte de las medidas tomadas por la Dirección General de Transporte (DGT), el horario, que exceptúa vehículos que trasladen productos perecederos, alimentos, bebidas, combustibles y grúas, queda de la siguiente manera:

  • Se restringe la circulación de transporte de carga pesada a partir del miércoles 16 abril a las 12 horas.
  • Se habilita la circulación para el transporte de carga pesada a partir del domingo 20 de abril a las 24:00 horas.

Asimismo, el artículo 5 establece que, a pesar de contar con excepciones, los transportistas quienes trasladen equipos de servicios únicamente podrán circular de la siguiente forma:

  • Del kilómetro 290 Carretera CA-09 a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla sobre la CA-09.
  • Del kilómetro 80 Carretera CA-09-SUR a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104 carretera CA-09-SUR-09 y al kilómetro 114 carretera CA-09-SUR.

El documento también indica que los pilotos que trasladen productos autorizados para la circulación, la empresa encargada deberá de contar con la documentación legal que respalde el traslado durante el horario establecido. La documentación deberá registrarse a través de la página de la DGT obteniendo un código QR que deberán de presentar a la hora de una detención por parte de las autoridades competentes. 

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