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Desde el 9 de abril cambió el régimen del Pequeño Contribuyente según el Decreto 31-2024 en Guatemala, el cual introduce modificaciones importantes al régimen del Pequeño Contribuyente, afectando principalmente a los negocios inscritos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Cambios
El principal cambio es el nuevo límite de ingresos, el tope para permanecer en este régimen se amplió, antes era de Q150,000 anuales, pero ahora se establece en 125 salarios mínimos no agrícolas (sin incluir la bonificación de Q250).
El salario mínimo actual es de Q3,723.05 sin bonificación, el nuevo límite anual será de Q465,381.25. Considerando los 125 salarios. Quienes superen esta cifra deberán migrar al Régimen General.
Los contribuyentes que estén en el Régimen General pero cuyos ingresos no excedan el nuevo tope podrán solicitar su cambio al Régimen de Pequeño Contribuyente.
Consideraciones
Si un pequeño contribuyente rebasa los Q465,381.25 anuales, deberá inscribirse en el Régimen General en el siguiente mes, de lo contrario, la SAT lo cambiará de oficio y le notificará el nuevo régimen tributario.
Los contribuyentes deberán verificar si sus ingresos anuales están dentro del nuevo límite, actualizar su situación fiscal ante la SAT si superan el tope establecido y estar atentos a la publicación del reglamento para cumplir correctamente con las nuevas disposiciones.
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