
Tráiler volcado en la ruta al Atlántico deja heridos y complica el tránsito hacia el norte
julio 5, 2025
Detienen a dos hombres señalados de asaltar buses en la avenida Petapa
julio 6, 2025
Tráiler volcado en la ruta al Atlántico deja heridos y complica el tránsito hacia el norte
julio 5, 2025
Detienen a dos hombres señalados de asaltar buses en la avenida Petapa
julio 6, 2025La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) recuerda que toda persona o empresa que desee operar un dron en Guatemala debe contar con una autorización previa.

El permiso es obligatorio para garantizar la seguridad del espacio aéreo y aplica tanto a operadores nacionales como extranjeros.
“Si tu empresa nacional o extranjera quiere operar drones en Guatemala, debe solicitar la autorización correspondiente,” mencionó la DGAC.
¿Cómo solicitarlo?
Ingresar a www.dgac.gob.gt y buscar el botón “Drones”.
Descargar el formulario DVSO-804: Permiso especial para aeronaves pilotadas a distancia (RPA).
Llenarlo y enviarlo:
- De forma presencial a la sede de la DGAC (9a avenida 14-75, zona 13 capitalina), en el Departamento de Vigilancia de la Seguridad Operacional.
- O bien por correo electrónico a: dvso@dgac.gob.gt.
La respuesta puede tardar hasta 10 días hábiles, en casos de turistas el tiempo estimado es de 3 días hábiles.

¿En dónde no se puede volar drones?
La DGAC también informa que hay zonas restringidas, donde está prohibido operar drones sin autorización especial:
- Alrededor de aeropuertos (en un radio de 6 km)
- Instituciones gubernamentales
- Embajadas
- Instalaciones militares
- Hospitales
- Centros penitenciarios
- Aduanas
- Áreas densamente pobladas
- Lugares con aglomeraciones de más de 100 personas (eventos públicos o privados)
“Cumplir con los requisitos garantiza que tus operaciones sean seguras, profesionales y dentro de la ley», declaró la Aeronáutica Civil de Guatemala respecto al permiso requerido para volar un dron en el territorio nacional.
Estas normas se aplican a drones de cualquier tamaño o uso, y buscan prevenir accidentes o interferencias con operaciones aéreas. Operar drones sin la autorización correspondiente puede derivar en sanciones.

La DGAC está facultada para imponer medidas administrativas a quienes incumplan con los requisitos establecidos o violen las restricciones de operación. En casos que comprometan la seguridad aérea o el orden público, la entidad puede trasladar el caso a otras autoridades competentes.
Escrito por: