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Placas ocultas: ¿Evitar multas o cometer hechos delictivos? 

Autor: Manuel Pineda
Fecha: julio 21, 2025

En Guatemala es cada vez más frecuente observar circulando motocicletas con las placas tapadas, dobladas, alteradas o completamente inexistentes en calles y avenidas. Esta situación se vuelve común, pero representa una violación a la Ley de Tránsito y es utilizada, en múltiples casos para cometer hechos ilícitos.

El artículo 181, inciso 10, de la Ley de Tránsito de Guatemala, establece que circular con placas que no sean legibles o estén cubiertos total o parcialmente constituye una infracción. «En Guatemala el 52% de las multas son para motocicletas», comentó, Brenda Santizo vocera del Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC).

Esta violación según el reglamento es catalogada como grave y conlleva una multa de Q500.

El Departamento de Tránsito de la PNC realiza constantes operativos para regular este flagelo. Fuente: Manuel PIneda.

El artículo 184 de esta misma ley señala que cuando se de la reincidencia o alteración intencional de las placas, las autoridades pueden retener el vehículo y remitirlo al depósito municipal, mientras se resuelve la sanción correspondiente.

Cabe resaltar que el uso indebido o el ocultar las placas no solo incumple la ley, también compromete la seguridad ciudadana, «me asaltaron en zona 1, cuando se fue la moto quise ver la placa pero estaba oculta», indicó, José Vásquez, ciudadano que sufrió por la delincuencia que aqueja al país.

«El decreto 17-96 del Congreso de la República prohíbe la circulación de estos vehículos», agregó, Santizo. La responsabilidad por cumplir con lo básico es tarea de todos los guatemaltecos.

Las multas son emitidas en el instante por agentes de la institución policial. Fuente: Manuel Pineda.

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